Hace unos meses, se puso en contacto con el despacho un inmigrante, natural del Sáhara. No tiene nacionalidad oficial, quizás algo más próximo a Argelia que a Marruecos. Este hombre entró en España hace 3 años y desde entonces está ejerciendo de Médico; primero en el Servicio de Salud del Principado de Asturias y actualmente en el Servicio Andaluz de Salud.
Está empadronado, ha trabajado siempre dado de alta, su madre y otros familiares residen en Oviedo, no tiene ni un solo antecedente penal y no hay ninguna causa penal abierta, por todo ello, es comprensible la existencia de arraigo y adaptación al país.
La Subdelegación del Gobierno de España en Jaén no lo entendió así y acordó la sanción más dura. La expulsión del territorio nacional por un periodo de 3 años, mediante Resolución del día 26/09/2022. Recurrimos dicha Orden de Expulsión, y nuevamente esta Subdelegación volvió a fallar en nuestra contra, mediante Resolución del día 20/10/2022. Por lo que presentamos un Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Jaén.
👨🏻⚖️ Hoy hemos recibido la Sentencia dándonos la razón y acordando la NO EXPULSIÓN de Mohamed, y señalando que las Resoluciones de la Subdelegación del Gobierno de España no están ajustadas a derecho: procedía una sanción menos lesiva (una multa económica).
🛡️ Mohamed siempre ha tenido una conducta ejemplar como ciudadano; por lo que la alegría es mutua, para cliente y para Abogado. Mucha suerte.
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